Lista de chequeo: 17.1. Documentación
MODELO BÁSICO

INFO: Para ver las notas y ejemplos relacionados con cada una de las preguntas (imprescindible para la correcta realización del test) haga clic sobre el enunciado. (NA = "No Aplicable")
1 Se ha documentado por escrito la modalidad preventiva elegida y se dispone de registros de la cualificación de los trabajadores con funciones de prevención. SI
NO
NA
Debe documentarse la designación de trabajadores para las tareas de prevención, o la constitución del servicio de prevención propio, con el fin de poder saber exactamente quiénes son las personas encargadas de la prevención (conservando las acreditaciones o certificados de cualificación que les capaciten para asumir funciones de nivel básico, intermedio o superior, según el caso), y qué especialidades se asumen desde la empresa.

En el caso de contratar con un servicio de prevención ajeno, deberá conservarse el contrato, en el que se especificará claramente cuáles son los aspectos preventivos contratados.

En el caso de constituirse una mancomunidad de servicios de prevención, deberá conservarse un documento en el que se especifique cual es la participación de la empresa en la mancomunidad.

Cuando se constituya un servicio de prevención propio, o se contrate con un servicio de prevención ajeno, la documentación debe incluir la programación anual de actividades del servicio, y la memoria anual.

Para más información, consulte las listas de chequeo:

2 Existe un registro documental de la evaluación realizada. SI
NO
NA
Artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y artículo 7 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

En el documento de evaluación deberán reflejarse, para cada puesto de trabajo cuya evaluación ponga de manifiesto la necesidad de tomar alguna medida preventiva, los siguientes datos:
  • La identificación del puesto de trabajo.
  • El riesgo o riesgos existentes y la relación de trabajadores afectados (con los matices que hemos realizado anteriormente en cuanto a la relación de trabajadores).
  • El resultado de la evaluación y las medidas preventivas procedentes.
  • La referencia de los criterios y procedimientos de evaluación y de los métodos de medición, análisis o ensayo utilizados.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 4.1 EVALUACIÓN DE RIESGOS. MÉTODO

3 Está documentada la planificación de la prevención. SI
NO
NA
Artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y artículos 7 y 9 del Reglamento de los Servicios de Prevención.

El documento de planificación de la prevención, figura entre la documentación que el empresario debe elaborar y conservar a disposición de las autorida¬des laborales y sanitarias. Deberán constar las acciones preventivas que se realicen, con un periodo determinado, fases y prioridades para su desarrollo y responsables de las medidas.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 5.1 PLANIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES PREVENTIVAS. MÉTODO

4
Se dispone de un registro documental de la formación e información facilitada a los trabajadores SI
NO
NA
Deberá conservarse registro documental de la formación impartida y la información entregada a los trabajadores de la empresa, a las empresas de trabajo temporal y a las contratas y subcontratas.

Para más información, consulte las listas de chequeo:

5
Se recoge documentalmente el resultado de los controles periódicos. SI
NO
NA
Artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Deberán documentarse los resultados de las revisiones de instalaciones, máquinas y equipos sujetos a reglamentos específicos.

FORMATO AVANZADO:

También se documentará el mantenimiento preventivo y comprobaciones periódicas de los equipos de trabajo (o sus partes) que puedan sufrir deterioros susceptibles de generar situaciones peligrosas, así como de los elementos con funciones clave de seguridad de instalaciones, máquinas y equipos.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 8.1 CONTROL PERIÓDICO

6
Está documentada la planificación de emergencias. SI
NO
NA
Debe disponerse de un plan que analice todas las posibles situaciones de emergencia que se pueden dar en la empresa, y en el aparezcan las actuaciones que se han planificado, los medios de que se dispone y los trabajadores encargados de las medidas de emergencia.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 9.1 EMERGENCIAS

7
Se dispone de una relación de los accidentes con baja y enfermedades profesionales, así como de un registro de todas las investigaciones realizadas. SI
NO
NA
El artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dispone que se elabore y conserve a disposición de la autoridad laboral una relación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo.

Además deberá registrarse y conservarse el resultado de la investigación de los daños a la salud como parte de la documentación de prevención que debe conservarse a disposición de la autoridad laboral. La falta de realización de las investigaciones y el registro del resultado de las mismas, está considerada como infracción grave según el artículo 12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 10.1 INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

8
Se ha documentado el Plan de Prevención SI
NO
NA
El plan de prevención de riesgos laborales habrá de reflejarse en un documento que se conservará a disposición de la autoridad laboral y de los representantes de los trabajadores.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 1.2 PLAN DE PREVENCIÓN

9
Se han documentado los registros de carácter reglamentario SI
NO
NA
Deben documentarse, al menos, los siguientes registros:

  • Proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones reglamentarias (Reglamentos de Seguridad Industrial afectados y RD 486/1997).
  • Manuales de instrucciones de máquinas y equipos de trabajo suministrados por los fabricantes
  • Registros industriales y certificados de inspección de Organismos de control autorizados, en instalaciones y equipos sometidos a reglamentación de Seguridad Industrial.
  • Declaraciones de conformidad de equipos sometidos a directivas específicas.
  • Declaraciones CE de conformidad de máquinas y equipos de trabajo (RD 1435/1992 y RD 56/1995).
  • Registro de revisiones y comprobaciones de determinados equipos de trabajo (art. 4 RD 1215/1997).
  • Fichas de datos seguridad de sustancias y preparados peligrosos
  • Declaraciones de conformidad CE de EPI (RD 1407/1992)
  • Folletos informativos de los EPI (RD 1407/1992)
  • Licencias de apertura

10
Se conserva registro documental de la vigilancia de la salud de los trabajadores. SI
NO
NA
Artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Deben estar documentados cuáles son los puestos con reconocimiento obligatorio, los procedimientos aplicados para los reconocimientos médicos de cada uno de los puestos, y el resultado de la vigilancia de la salud de los trabajadores.

Para más información, consulte la lista de chequeo:

11
En caso de existir atmósferas explosivas, se dispone del Documento de protección contra explosiones SI
NO
NA
El empresario se encargará de que se elabore y mantenga actualizado un documento, denominado en adelante documento de protección contra explosiones. Dicho documento de protección contra explosiones deberá reflejar, en concreto:
  1. Que se han determinado y evaluado los riesgos de explosión.
  2. Que se tomarán las medidas adecuadas para lograr los objetivos de este real decreto.
  3. Las áreas que han sido clasificadas en zonas de conformidad con el Anexo I del RD
  4. Las áreas en que se aplicarán los requisitos mínimos establecidos en el anexo II.
  5. Que el lugar y los equipos de trabajo, incluidos los sistemas de alerta, están diseñados y se utilizan y mantienen teniendo debidamente en cuenta la seguridad.
  6. Que se han adoptado las medidas necesarias, de conformidad con el Real Decreto 1215/1997, para que los equipos de trabajo se utilicen en condiciones seguras

El documento de protección contra explosiones se elaborará antes de que comience el trabajo y se revisará siempre que se efectúen modificaciones, ampliaciones o transformaciones importantes en el lugar de trabajo, en los equipos de trabajo o en la organización del trabajo.

El documento de protección contra explosiones formará parte de la documentación a que se refiere el artículo 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y podrá constituir un documento específico o integrarse total o parcialmente con la documentación general sobre la evaluación de los riesgos y las medidas de protección y prevención.

Art. 8 del REAL DECRETO 681/2003 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas

12
Se dispone de relación escrita de los recursos preventivos SI
NO
NA
El empresario debe facilitar a sus trabajadores los datos necesarios para permitir la identificación de los recursos preventivos.

Es fundamental que los trabajadores conozcan quiénes son los recursos preventivos, qué funciones tienen estos recursos, bajo qué condiciones será necesaria su presencia, etc.

Para más información, consulte la Lista de chequeo 1.2.1 RECURSOS PREVENTIVOS

13
Se dispone de la documentación relativa a las contratas SI
NO
NA
Consulte la Lista de chequeo 11.1.1 EMPRESAS CONCURRENTES
Consulte la Lista de chequeo 11.1.2 EMPRESARIO TITULAR
Consulte la Lista de chequeo 11.1.3 EMPRESARIO PRINCIPAL

14
La empresa que pretende actuar como contratista o subcontratista está inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas SI
NO
NA
Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:
  1. Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.
  2. Asumir los riesgos, obligaciones y responsabilidades propias del desarrollo de la actividad empresarial.
  3. Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra y, en el caso de los trabajadores autónomos, ejecutar el trabajo con autonomía y responsabilidad propia y fuera del ámbito de organización y dirección de la empresa que le haya contratado.

Además de los anteriores requisitos, las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos de una obra de construcción deberán también:
  1. Acreditar que disponen de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevencion de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales.
  2. Estar inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas al que se refiere el artículo 6 de esta Ley.

(Articulo 4. LEY 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Requisitos exigibles a los contratistas y subcontratistas.)


RESULTADOS
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11

12

13

14


SI Conformidad, indica el cumplimiento de la pregunta efectuada
NO No conformidad, indica el no cumplimiento de la pregunta efectuada
NA No Aplicable, indica que la pregunta hace referencia a elementos no aplicables en su caso.


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